CODIGOS DE CONDUCTA |
PRINCIPIOS DEONTOLOGICOS |
Son los principios generales de las normas éticas de conducta de los Economistas y por ello deben de inspirar el comportamiento del profesional economista en los diferentes supuestos que se contemplen. |
I.INDEPENDENCIA. |
La independencia intelectual y moral del Economista, que deberá permanentemente preservar, es condición esencial para el ejercicio de su profesión y constituye la garantía de que los intereses de los destinatarios de sus servicios serán tratados con objetividad. |
II.LEGALIDAD |
El Economista debe siempre actuar conforme al ordenamiento jurídico y a las normas corporativas. |
III.INTEGRIDAD |
El Economista debe siempre ser honesto, leal, veraz y diligente en el desempeño de su función. |
IV.CONFIDENCIALIDAD |
El Economista no divulgará la información confidencial que conozca en el transcurso de su trabajo profesional, que está sometida al derecho y deber del secreto profesional. |
V.FORMACION Y PERFECCIONAMIENTO |
El perfeccionamiento profesional y la continua puesta al día de sus conocimientos científico-económicos es una obligación del Economista con el fin de garantizar la prestación de unos servicios de calidad a los usuarios de sus servicios. |
VI.LEALTAD |
El economista mantendrá siempre una actitud respetuosa, leal y solidaria con sus compañeros y en las relaciones profesionales observará la mayor deferencia, evitando con los mismos posiciones de conflictos. |